La reforma laboral y el regreso a los tiempos de Don Porfirio.


Pancho Rojo

¿Debe la clase obrera renunciar a defenderse contra las usurpaciones del capital y cejar en sus esfuerzos para aprovechar todas las posibilidades que se le ofrezcan para mejorar su situación? Si lo hiciese, veríase degradada en una masa uniforme de hombres desgraciados y quebrantados, sin salvación posible. Si cediese cobardemente, se descalificaría para emprender movimientos de mayor envergadura. Debe comprender que el sistema actual, aun con todas las miserias que vuelca sobre ella, engendra simultáneamente las condiciones materiales y las formas sociales necesarias para la reconstrucción económica de la sociedad. Deberá inscribir en su bandera esta consigna revolucionaria: “¡abolición del sistema del trabajo asalariado!”.   Carlos Marx, Salario, precio y ganancia.

El pasado 31 de noviembre del 2012 el gobierno de Calderón publico en el diario oficial de la federación las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, que por decirlo de algún modo vienen a ser la culminación de una serie de intentos de modificación que durante décadas se venían fraguando en las oficinas de los altos ejecutivos de las grandes empresas, monopolios y organismos económicos internacionales. Los más contentos con estas modificaciones a la ley laboral en nuestro país por supuesto son los grandes burgueses que ahora podrán extraer hasta la última gota del sudor del trabajador. A pesar de la magnitud del ataque todavía más increíble resulto la nula oposición de aquellos dirigentes sindicales que se reclaman opositores, ni que hablar sobre aquellos dirigentes de centrales sindicales charras que fueron fervientes impulsores de las modificaciones. La clase trabajadora necesita hacer una limpieza completa de sus organizaciones si no quiere seguir viendo como sus derechos y su salario se desvanece entre sus manos. A continuación presentamos algunos datos de abogados, economistas e investigadores para poder entender un poco mejor en que consiste dicha reforma.

Las mayores afectaciones las veremos en nuestros bolsillos


En donde más podemos percibir los trabajadores y nuestras familias las devastadoras políticas económicas es en el poder adquisitivo de nuestro salario. Para esto no se necesita ser un experto economista ni haber realizado grandes estudios, basta con darse una vuelta por cualquier mercado, tianguis o tienda departamental para comprobar cómo nuestros pesos pierden frente a los precios de las mercancías. Para reforzar esta afirmación consultemos los datos de los expertos en la materia que se encargan de comparar el nivel de precios y de los salarios a lo largo de un determinado tiempo. Y es que según el Centro de Análisis Multidisciplinario de la UNAM en su Reporte 100. Poder adquisitivo del salario y la precarización del nivel de vida de los trabajadores en México 2012:
 “En 25 años de neoliberalismo, el poder adquisitivo de los trabajadores perdió un 79.11 por ciento. Y es que si bien del 16 de diciembre de 1987 al 19 de agosto de 2012 el salario mínimo de los mexicanos creció en 863.37 por ciento (de 6.47 a 62.33 pesos), el precio de la canasta alimentaria recomendable se incrementó en 6 mil 37.38 por ciento (de 13.43 a 842.25 pesos). Esto significa, explican los investigadores del CAM, “que con un peso de 1987 ahora sólo se pueden comprar 0.28 centavos. Mientras que en el sexenio de Miguel de la Madrid con un salario mínimo alcanzaba para adquirir casi dos canastas, es decir, el 163.8 por ciento de éstas, con Felipe Calderón sólo se pudo acceder al 33.95 por ciento.”

Si se toma la tendencia actual en el incremento del salario mínimo, “tendrían que pasar nueve generaciones de mexicanos para que con un salario mínimo cualquier trabajador pudiera adquirir la canasta alimentaria recomendable”, aseguran los economistas. Esto significa que durante 47 años los precios de los productos que comprende la canasta se tendrían que congelar para que, finalmente, en el año 2059 el salario mínimo ascendiera a 184.42 pesos y el precio de la canasta alimentaria recomendable fuera de 183.59 pesos.

Una ley que nadie acataba pero que al gobierno estorbaba.


En realidad el problema de la aprobación de la reforma a la L.F.T. (Ley Federal del Trabajo) solo viene a reglamentar lo que por la vía de los hechos ya se venía aplicando desde hace muchos años atrás, el propio gobierno de Calderón por medio de un decreto el 4 de diciembre del 2006 establecía las medidas de austeridad que debían seguir las dependencias e instituciones locales y federales. En su artículo 14 señalaba que las dependencias y entidades paraestatales debían promover la contratación de servicios para generar ahorros, que incluirían telecomunicaciones y servicios generales, como mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, fotocopiado y vigilancia. 

Esto implica que desde el mismo gobierno se promueve el llamado outsourcing, por mencionar tan solo un dato, a finales de 2009 las distintas dependencias reportaban más de 1100 contratos de outsourcing. Una de las empresas favoritas de varias dependencias del estado mexicano el Grupo Alfa Sol SA de CV enumera en su página web algunos de los “¡beneficios!” que pueden encontrar sus clientes al utilizar sus servicios: “se eliminarán los problemas de sindicatos, problemas laborales de personal como son la antigüedad, aguinaldos, vacaciones, reparto de utilidades, pensiones y jubilaciones”. También se menciona que “se eliminarán los problemas de seguridad social (Instituto Mexicano del Seguro Social), enfermedades, incapacidades, indemnizaciones o defunciones” y que se “eliminará el laborioso pago de nóminas y conciliaciones con el personal”.
Grupo Alfa Sol, SA de CV, cuenta entre sus clientes a la Cámara de Diputados, las secretarías de la Reforma Agraria y Función Pública y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Otras dependencias públicas que también han contratado sus servicios son el Instituto de Servicios y Seguridad Social de los Trabajadores del Estado, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Policía Federal Preventiva, la Secretaría de Relaciones Exteriores, Caminos y Puentes Federales. A nivel local ha ofrecido sus servicios al Sistema de Transporte Colectivo Metro (líneas 3 y B), la delegación Cuauhtémoc y el Servicio de Transportes Eléctricos, de acuerdo con la información de la empresa publicada en su página de internet.

Evidentemente el estado burgués mexicano está de acuerdo en el sistema de explotación que promueve este tipo de empresas, tan de acuerdo esta que decidió elevarla a la categoría de nueva reforma laboral. Y es que con la anterior Ley Federal del Trabajo los trabajadores y sus organizaciones podían demandar ante los tribunales la violación de sus derechos consagrados por lo que para las empresas y el estado podría convertirse a futuro en una lluvia de demandas laborales por lo que se hizo necesario un nuevo marco jurídico que permitiera todos estos abusos pero dentro del marco del “estado de derecho”. Dice el exdiputado del PRI Carlos Aceves del Olmo, dirigente de la Confederación de Trabajadores de México y expresidente de la Comisión de Trabajo para la Reforma Laboral: “Reformar aproximadamente 200 artículos de la ley ya no requerirá de mucha discusión, porque a la fecha ya se practican o son una realidad (…). Y si quieren que lo pongamos en la ley, lo ponemos. Sí, ya se está haciendo”.

¿Porque decimos que esta reforma es contraria a nuestros intereses?


Modifica no 200, sino 665 a un cuerpo de 1 mil 10 artículos, según el abogado laboral Manuel Fuentes Muñiz. El proyecto viola 28 tratados internacionales sobre libertad sindical y contratos, de acuerdo con el experto Rodrigo Olvera.
Afecta a todos los trabajadores: de los gobiernos federal, estatales, municipales, del Distrito Federal, empresas públicas y privadas y organismos descentralizados.
El análisis titulado Modelo económico agotado y reforma laboral, elaborado por la investigadora Laura Juárez Sánchez, señala que la iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados provocará en el país una sobrexplotación del trabajo y de la mano de obra mexicana; además abaratará los costos de las grandes corporaciones, pero eso no será factor suficiente, permanente ni seguro para ganar ni mantener competitividad frente a otras economías como la china, la india, la coreana o las latinoamericanas, ni para atraer la inversión extranjera directa.
Detalla que a pesar de tres décadas de estancamiento productivo y de un aumento alarmante de la pobreza en el país, la clase política aprobó una reforma laboral que profundizará aún más el retraso productivo y llevará a la población a niveles de miseria inéditos en la historia del país.

La rechazamos entre otros muchos motivos:
  1. Porque no crea empleos, los abarata.
  2. Porque legaliza las renuncias en blanco.
  3. Porque desaparece el trabajo de planta.
  4. Porque traerá mayor pobreza a la población en general.
  5. Porque cancela el carácter tutelar a favor del trabajador.
  6. Porque cancela todo tipo de protección a las trabajadoras domésticas.
  7. Porque permite a la autoridad determinar si se estalla o no una huelga.
  8. Porque permite al patrón no entregar el aviso de despido al trabajador.
  9. Porque permite reducir los salarios a través de contratos por hora o eventuales.
  10. Porque prevalecen los intereses patronales y desaparecen los de los trabajadores.
  11. Porque condiciona la permanencia en el empleo a quién tenga mayor productividad.
  12. Porque quebranta el principio de irretroactividad de la ley en perjuicio de persona alguna.
  13. Porque anula la bilateralidad en las relaciones de trabajo anulando la intervención sindical.
  14. Porque permite la intromisión de los patrones para definir quién es el sindicato mayoritario.
  15. Porque pierde la autonomía sindical porque queda a criterio del patrón aceptar sindicatos o no.
  16. Porque mantiene en perjuicio de los trabajadores la carga probatoria en materia de riesgos de trabajo.
  17. Porque se facilita la creación de los sindicatos patronales, llamados también “sindicatos blancos”.
  18. Porque al trabajador se le puede despedir sin avisarle cada 6 meses y sin responsabilidad para el patrón.
  19. Porque establece contratos a prueba por 6 meses si es técnico o profesionista y por un mes si es obrero.
  20. Porque la capacitación inicial de 3 a 6 meses es sin ningún derecho aunque sea técnico o profesionista.
  21. Porque permite el aumento de accidentes de trabajo condicionar el empleo a cambio de mayor productividad.
  22. Porque la jubilación o pensión se hace imposible alcanzarla, para que se le otorgue tendrá que  trabajar 50 años.
  23. Porque permite al patrón decidir si reconoce o no a los sindicatos mayoritarios al interior de los centros de trabajo.
  24. Porque anula la estabilidad del empleo con el pretexto de incrementar la productividad y ganancia empresarial. 
  25. Porque permite a los patrones o terceros pedir el arbitraje obligatorio después de sesenta días de estallada la huelga.
  26. Porque permite despidos arbitrarios sin garantía de audiencia por reclamos de clientes o proveedores de patrón.
  27. Porque se facilita al patrón despedir al trabajador, el aviso no es obligatorio, el juicio ya no contempla salarios caídos.
  28. Porque los Derechos Laborales ya adquiridos por décadas son un Derecho Humano Universal inviolable e irrenunciable.
  29. Porque se acorazan aún más a “los contratos colectivos de protección” para evitar la entrada de sindicatos independientes.
  30. Porque retira la sanción al patrón de considerar el despido injustificado cuando no entregue el aviso de despido al trabajador.
  31. Porque establece un régimen desigual de transparencia al no obligar al patrón a informar sobre sus finanzas y sí a los Sindicatos.
  32. Porque facilita la imposición de bajos salarios y prolongación de jornadas de trabajo a cambio de la permanencia en el empleo.
  33. Porque es la ley más agresiva en contra del trabajador que retrocede la historia más de 100 años y nos vuelve de nuevo esclavos.
  34. Porque desaparece los contratos de planta al anular la premisa de que “si existe materia de trabajo subsiste el contrato de trabajo”.
  35. Porque se pierde el contrato colectivo al momento que se dará la contratación individual y temporal y el pago por horas laboradas.
  36. Porque se modifica la ley del ISSSTE y la del IMSS y desaparecen los aguinaldos, la prima vacacional y todas las demás prestaciones.
  37. Porque privatiza las relaciones laborales al dar al patrón la potestad de decidir cumplimiento de las normas laborales de manera unilateral.
  38. Porque evade penalizar de manera efectiva conductas patronales negligentes que afecten la salud y vida de los trabajadores en el trabajo.
  39. Porque evita a los trabajadores afiliarse a un sindicato cuando ingresan a laborar al desaparecer la cláusula de exclusión por ingreso y separación.
  40. Porque otorga mayores facultades a las autoridades laborales para decidir sobre el registro de sindicatos permitiendo el archivo de los expedientes.
  41. Porque afecta a todo tipo de trabajadores: de empresas privadas, empleados federales, estatales, municipales y del gobierno del Distrito Federal. 
  42. Porque anula el pago de indemnizaciones por despido al prever todo tipo de contratos temporales a pesar de la existencia de la materia de trabajo.
  43. Porque desaparece el salario mínimo que antes era lo pequeñísimo que se le debería pagar al trabajador, ahora puede ser menos y queda al gusto del patrón.
  44. Porque pulveriza el salario volviéndolo infinitesimal al prever los contratos por horas que no generan el pago de prestaciones sociales ni prima de antigüedad.
  45. Porque legaliza la libre subcontratación (empresas outsourcing) y anula la responsabilidad solidaria entre las empresas que se benefician del trabajo obrero.
  46. Porque se pierde la estabilidad del trabajo. Desaparece la regla de oro que hoy tenemos: con que tengas 6 meses continuos laborados tienes derecho a la planta.
  47. Porque permite abusos en los contratos a prueba, de capacitación inicial y de labores discontinuas al poder repetirse continuamente al cambiar el tipo de contrato o actividad.
  48. Porque desaparece de la Ley Federal del Trabajo la Tabla de Enfermedades y Riesgos de Trabajo otorgando facultades a la Secretaría del Trabajo, con la opinión del sector obrero y empresarial su expedición y modificación.
  49. Porque permite la movilidad total del trabajador al interior del centro de trabajo y legaliza el trabajo multihabilidades a través de tareas “conexas o complementarias” sin el pago proporcional del salario de acuerdo al incremento de trabajo.
  50. Porque acorta el pago de los salarios caídos a un año y otorga a cambio un interés mínimo del 2% mensual con un límite de 15 meses de salarios, propiciando que los trabajadores sean quienes sufran la prolongación y costos de los juicios laborales.
  51. Porque es una iniciativa violatoria del principio de progresividad en materia de derechos humanos y de garantías laborales previstas en el artículo 1º y 123 de la Constitución, así como la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Convención Americana Sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Protocolo Adicional a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos "Protocolo de San Salvador“ y el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a la “Libertad Sindical”.



 








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